* Haciendo memoria: la discriminación de género en el registro de candidaturas municipales Guerrero 2014-2015
MURIEL SALINAS DÍAZ /
En el marco del proceso electoral 2014-2015, las organizaciones Equipos Feministas, A.C. y la Red para el Avance Político de las Mujeres Guerrerenses, realizamos un estudio de monitoreo y evaluación participativa sobre la paridad de género y la participación política de las mujeres, en el cual entre otros factores analizamos el comportamiento de los partidos políticos y coaliciones al momento de registrar las candidaturas con paridad de género tras la sentencia emitida por el TEEG mediante la cual se aplicó el principio de paridad horizontal (es decir, el registro paritario de candidaturas a presidencias municipales.
Lo que encontramos en este monitoreo, fue que, de un total de 653 candidaturas a presidencias municipales registradas por todos los partidos políticos y coaliciones en el estado de Guerrero, 321 correspondieron a mujeres (49%) y 332 (51%) fueron encabezadas por hombres. Ahora bien, de las 321 candidaturas a presidencias municipales que fueron encabezadas por mujeres, 208 fueron registradas en los municipios con poblaciones menores a los 25 mil habitantes, es decir, los municipios más pequeños y más pobres del estado. La forma en que este criterio de registro de las candidaturas de mujeres a presidencias municipales arroja un dato interesante. Y es que todos los partidos políticos y coaliciones registran el mismo comportamiento, veamos:
Las resistencias a la paridad en 2017-2018
Durante la sesión del Consejo General del IEPC en la que fueron aprobados los lineamientos para garantizar el cumplimiento de la paridad de género en la postulación de candidaturas para el proceso electoral2017-2018 del estado de Guerrero, los representantes de los partidos políticos manifestaron su inconformidad afirmando que el IEPC se había excedido en sus facultades, al establecer criterios de paridad de género para asegurar la postulación paritaria de candidaturas en las que se dispuso de acciones afirmativas para evitar que a algún género le sean asignados los distritos o municipios en los que se hayan obtenido los porcentajes más bajos de votación en el Proceso Electoral Local anterior, o sea, los perdedores.
Las medidas adoptadas por el OPLE no representan en realidad ningún exceso por parte de dicho órgano en sus facultades, como lo afirman los representantes de algunos partidos políticos. Con el argumento de que tales disposiciones para asegurar la paridad vulneran la “autodeterminación” de los partidos políticos, éstos recurren a un discurso legaloide mediante el cual buscan blindarse para continuar aplicando medidas discriminatorias en razón de género al momento de decidir dónde se postularán las candidaturas de las mujeres y dónde las de los hombres, como lo hemos observado en el capítulo anterior.
Otro de los falsos argumentos que plantearon los partidos políticos ante el IEPC, es que estos no tienen mujeres suficientes para ser postuladas a los cargos electivos. Dicen que no hay “mujeres preparadas”, y otros afirman que las mujeres “no quieren participar”.
La realidad es que el 52% del padrón de afiliadas y afiliados de los partidos políticos está conformado por mujeres. La realidad es que, por otra parte, cada partido político a nivel estatal tiene la responsabilidad de destinar el 5% del financiamiento público que recibe anualmente, para desarrollar programas de Capacitación, Promoción y Desarrollo del Liderazgo Político de las Mujeres, justamente como una política de acción afirmativa que busca generar las condiciones para que los partidos políticos cualifiquen los liderazgos femeninos para ser cada vez más competentes. Sin embargo, la mayoría de los partidos políticos del estado han hecho un manejo completamente discrecional e irregular de dicho financiamiento. La mayoría de las mujeres titulares de los organismos de la mujer o de igualdad de género de las dirigencias estatales, no tienen acceso ni control de dicho financiamiento, desconocen en qué se ejercen esos recursos públicos y las militantes son convocadas a actividades conmemorativas o de relleno, que a veces organizan los partidos para comprobar el gasto, salvo un par de aisladas y honrosas excepciones.
De acuerdo al Protocolo Para Atender la VPM y a la Norma Marco para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Política contra las Mujeres de la OEA, estas prácticas constituyen actos de violencia política en razón de género. Entonces, cada vez que partidos y coaliciones salen a decir que “no hay mujeres preparadas” dentro de sus filas para ser candidatas, dejan ver el problema en el que están metidos: primero, es un grave problema de discriminación de género hacia las mujeres que militan en sus filas, que constituye una violación a los derechos humanos de las mujeres y por tanto a la Constitución Política del país. Dos, exhiben un problema de falta de transparencia e incumplimiento con respecto al ejercicio del financiamiento público ordinario del cual deben destinar el 5% a este propósito.
Y por último, cuando señalan que “no hay mujeres preparadas”, ponen de manifiesto un criterio meritocrático que no aplican con el mismo rigor a la hora que, para hacer la trampa a la paridad, deciden postular a sus esposas, hijas, novias y parientas, muchas veces sin importarles la mucha o poca experiencia política que puedan tener. Entonces también tienen un problema de incongruencia que solo ellos, en su imaginación, no logran ver. Sépanlo: el resto de la ciudadanía sí lo ve.
Lo que está detrás de la defensa de la autodeterminación partidaria, es el reclamo de que el IEPC no ponga reglas que los obliguen, sin dejar lugar a dudas, a cumplir de manera estricta con la paridad de género. Necesitan urgentemente una fisura normativa que les permita darle la vuelta, como han hecho en procesos electorales anteriores, para mantener el control masculino del poder.
Aun así, las mujeres aún no libramos la lucha por la igualdad sustantiva. La violencia política contra las mujeres por razones de género (VPM), ha sido una de las expresiones más brutales de las resistencias masculinas frente al avance político de las mujeres, fundamentalmente en contextos locales. Hemos ya documentado un número importante de casos de VPM que ocurrieron en Guerrero durante el proceso electoral anterior, en los que incluso hay registrado un feminicidio.
Si Popper viviera y observara lo que ocurre ahora con las mujeres que han enfrentado las formas más brutales de violencia política en los municipios latinoamericanos, se volvería a morir al ver cómo se derrumba su teoría de la democracia como un sistema mediante el cual podemos cambiar de gobierno “sin el costo de la sangre…” a menos que se trate de las mujeres, agregaríamos hoy.
Pero las medidas adoptadas por el IEPC no responden más que al mandato constitucional y la jurisprudencia en materia de paridad de género, que es sumamente vasta y contundente: la paridad no es una cuota de género, es una medida constitucional, de carácter definitivo, que justamente tiene la finalidad de impulsar procesos redistributivos e igualitarios para garantizar el acceso de mujeres y hombres a la representación política. Alcanzar la democracia paritaria es, de acuerdo al Consenso de Quito (2007), uno de los objetivos estratégicos de las democracias latinoamericanas.
Representantes de los partidos políticos, en la sesión del Consejo General del IEPC, se levantaron molestos de la mesa y se retiraron advirtiendo que impugnarán el acuerdo de paridad aprobado por el Consejo.
Nosotras, desde la Red para el Avance Político de las Mujeres Guerrerenses, les respondemos: también nosotras vamos a defender la paridad en los tribunales. Y nuevamente, como en 2015, vamos a ganar esta batalla. Nos asiste la razón y la justicia, nos asiste la Constitución y todo el marco internacional y nacional de los derechos humanos. Nos asiste la jurisprudencia. Nos asiste, por encima de todo, la seguridad de que los anti derechos de las mujeres, los machos progre, los objetores de la igualdad, van perdiendo cada vez más fuerza y terreno frente al contundente avance de las mujeres en el reconocimiento, goce y ejercicio de nuestros derechos civiles y políticos, que son pilares fundamentales de la democracia que estamos construyendo.
#ParidadYa #NoEsElCosto