* Las nuevas autoridades deben estar en condiciones de defenderse legalmente ante demandas de trabajadores, sin que sean sorprendidas por malas prácticas ni estar en desventaja, expresó el diputado Manuel Quiñónez
REDACCIÓN /
Chilpancingo, 23 de noviembre de 2021. El diputado Manuel Quiñónez Cortés presentó una iniciativa de reforma a la Ley Estatuto de los Trabajadores al Servicio del Estado, de los Municipios y de los Organismos Públicos Coordinados y Descentralizados del Estado de Guerrero, para que, en casos de juicio laboral, no se pueda emplazar a los ayuntamientos quince días hábiles antes del cambio de administración ni quince días después del mismo.
La propuesta señala que en todo cambio de administración municipal surgen demandas de ciudadanos que sienten o ven afectados sus derechos laborales, razón por la cual promueven juicios laborales. En ese sentido, dijo que esta reforma vendría a establecer tiempos en los cambios de administración para poder emplazar a juicio a los ayuntamientos y que las autoridades entrantes se encuentren en condiciones de defenderse legalmente, sin que sean sorprendidas por malas prácticas ni estar en desventaja.
El legislador Indicó que en razón de la fatalidad de los términos legales a que las administraciones entrantes se enfrentan con las demandas laborales, han contratado los servicios de abogados sin la debida experiencia, capacidad, o que simplemente no cuentan con título universitario ni cédula profesional para el ejercicio de su actividad, lo que los lleva a perder sus asuntos, siendo condenados al pago laudos por cantidades millonarias.
Por lo anterior propone, además, que sea un requisito que los abogados o abogadas representantes de cualquiera de las partes en casos de juicio laboral, cuenten con título y cédula profesional acreditada en el Libro de Gobierno, que llevará para tales efectos el Tribunal de Conciliación y Arbitraje.
Establece que todo emplazamiento o notificación de cualquier índole que violente esa disposición será declarada nula por el propio Tribunal, quien sancionará al actuario o funcionario que la realice con la aplicación de multa, que podrá ser de 200 a 500 UMAS, y será apercibido de que, en caso de reincidencia, se le aplicará el doble de esta sanción pecuniaria, además de ser puesto a disposición del superior jerárquico.
La iniciativa que analiza la Comisión de Desarrollo Económico y Trabajo propone que los trabajadores podrán comparecer por sí o por representantes acreditados mediante simple Carta Poder, la cual deberá ser ratificada por el o los trabajadores en la primera audiencia que fije el Tribunal, y en caso contrario, no se le dará la debida representación al abogado, hasta en tanto no se ratifique dicho poder.
La propuesta de reformas es a los artículos 85 y 90, y una adición el párrafo segundo del artículo 84 de la Ley número 51 Estatuto de los Trabajadores al Servicio del Estado, de los Municipios y de los Organismos Públicos Coordinados y Descentralizados del Estado de Guerrero.