* La infraestructura ya está lista, subutilizada, pero hasta el momento sigue sin operar y sin mantenimiento, señaló el diputado Rafael Navarrete
REDACCIÓN /
Chilpancingo, 19 de enero de 2022. El diputado Rafael Navarrete Quezada presentó un acuerdo parlamentario por el que se exhorta al Ayuntamiento de Acapulco y a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural del Gobierno Federal, para que se coordine con la titular del Ejecutivo del Estado y de manera conjunta realicen las acciones conducentes para la entrega de las instalaciones del Rastro Municipal de Acapulco, e inicie su operación de manera inmediata bajo la modalidad administrativa y económica que se determine conveniente, para garantizar el eficaz desempeño del servicio público del rastro.
Al argumentar la propuesta, explicó que el Rastro Tipo Inspección Federal, son instalaciones dedicadas al sacrificio de animales, proceso de envasado, empacado, refrigerado o industrializado, que están sujetos a la regulación y cumplimiento de lo que establece la autoridad sanitaria federal, que pretende detonar y vincular las cadenas de producción de bovinos y porcinos del Estado, con los mercados regionales y ofrecer una alternativa real para del ganado que produce la costa de Guerrero.
Sin embargo, documentó que el Rastro Tipo Inspección Federal de Acapulco se inició en diciembre de 2014, con el propósito de solucionar la aparición de 110 “rastros tolerados” a causa del cierre del Rastro Frigorífico de Acapulco hace 20 años, situación que derivó en insalubridad del producto, contaminación de cuerpos de agua, robo de ganado y maltrato animal debido a que el proyecto se había mantenido detenido desde 2019, ante la imposibilidad de lograr un acuerdo Federación-Estado-Municipio sobre su administración, pero actualmente la infraestructura del Rastro Municipal de Acapulco está lista, subutilizada, pero hasta el momento sigue sin operar y sin mantenimiento.
Por lo anterior, el legislador integrante del grupo parlamentario del PRI, externó la importante de que la administración municipal de inicio a la operación del rastro municipal, esto en cumplimiento al artículo 15 constitucional que establece que los municipios tendrán a su cargo el servicio público de Rastro y que cuando a juicio del ayuntamiento respectivo sea necesario, podrán celebrar convenios con el estado, o bien, trabajen de manera coordinada para el cabal cumplimiento de la prestación de los servicios públicos municipales que deberán regir por los principios de máximo beneficio colectivo, transparencia, máxima publicidad, eficiencia y participación ciudadana.
Además, la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero, precisa que son facultades y obligaciones de los Ayuntamientos, atender la construcción, conservación y funcionamiento de rastros, determinando su ubicación y reglas para su cabal operación.
La propuesta del punto de acuerdo fue turnada a la Comisión de Desarrollo Económico y Trabajo para su análisis y dictaminación.