Compartir
  • Congreso de Guerrero aprueba reformas a la Ley Orgánica del Municipio Libre
  • Las reformas buscan actualizar los nombres de los órganos de la administración pública que han cambiado de denominación, así como incorporar a los nuevos municipios creados el año pasado.
  • La diputada Julieta Fernández Márquez y el diputado Osbaldo Ríos Manrique presentaron las iniciativas que fueron dictaminadas por la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación, con el fin de hacer la ley más uniforme, armónica, accesible y entendible.

REDACCIÓN /

Chilpancingo, 26 de enero de 2024. Para contar con una Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero debidamente actualizada y que establezca correctamente los nombres de los órganos de la administración pública que han sufrido cambios de denominación, el Congreso del Estado aprobó diversas reformas a dicho ordenamiento jurídico.
Entre esas modificaciones están los cambios de denominación de la Auditoría General del Estado por el de Auditoría Superior del Estado; de la Contraloría General del Estado por la de Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental; de la Procuraduría General de Justicia por el de Fiscalía General del Estado, y de la Secretaría de Desarrollo y Bienestar Social por la de Secretaría de Bienestar.


De acuerdo con el dictamen emitido por la Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación, derivado de iniciativas presentadas por la diputada Julieta Fernández Márquez y el diputado Osbaldo Ríos Manrique, es oportuno realizar las adecuaciones de técnica legislativa pertinentes para que la disposición legal sea uniforme, armónica, accesible y entendible.
Refiere, asimismo, que el año pasado se reformó la Constitución Política del Estado de Guerrero para adicionar a los nuevos municipios de Santa Cruz del Rincón, San Nicolás, Ñuu Savi y Las Vigas al artículo 27, en el lugar que conforme al orden alfabético les corresponde.
Por ello era necesario que las diputadas y diputados integrantes de la LXIII Legislatura reformaran la Ley Orgánica del Municipio Libre para agregarlos, y que dichos municipios rijan su administración, organización, funcionamiento, y establezcan sus bases normativas, los bandos, reglamentos y ordenanzas, dotados de personalidad jurídica y patrimonio propio, para beneficio de la comunidad.

Compartir:

Dejar una respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here